Alistan diputados debate sobre revocación de mandato

Alistan diputados debate sobre revocación de mandato

México.- La Cámara de Diputados se alista para poner a debate y votación el dictamen para que el presidente de la República pueda someterse a una consulta de revocación de mandato y las consultas populares sean anuales con resultados vinculatorios.

La diputada de Movimiento Ciudadano, Martha Tagle informó que Morena pretende subir este jueves al pleno el dictamen de reformas constitucionales que fue avalado por sus legisladores y aliados en noviembre pasado en una sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales en donde los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano abandonaron los trabajos.

De ser aprobado el dictamen, el Ejecutivo federal podría estar en las boletas electorales en las elecciones de 2021.

El dictamen establece que la consulta o consultas populares se realizarán una vez al año el primer domingo de julio y será organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

En tanto que el proceso de revocación de mandato se realizará el mismo día de la jornada electoral (en 2021), en la que sólo se elijan diputados federales y podrá ser solicitada ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión durante el primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura.

La revocación del mandato sería vinculante cuando hubiera mayoría absoluta de los votos depositados en la urna y siempre y cuando concurran a esa votación al menos 40 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

El INE sería el organizador de ese ejercicio en términos de sus facultades tanto para la verificación, en el caso de solicitud de los ciudadanos, requisitos de firmas y después para la organización y desarrollo de la votación y cómputos respectivos.

Sería la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la que emitiría la declaración de validez del proceso de revocación de mandato y su resultado final, señalando que en caso de que la definición de la votación sea con carácter revocatorio, el presidente de la República cesará sus funciones al día siguiente y se aplicaría el Artículo 84 de la Constitución.

Se establecería también el procedimiento y las causales de nulidad de la revocación del mandato, y que las leyes desarrollen lo conducente al procedimiento de revocación de mandato.

El dictamen indica que el cargo de presidente puede ser revocado en los términos establecidos en la Carta Magna.

Subraya que el Ejecutivo federal podrá ser destituido por el pueblo mexicano una vez transcurrida la mitad de su mandato, a través de la consulta popular con carácter de revocación de mandato.

En caso de destitución del presidente, y una vez comunicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de manera oficial el resultado al Congreso, si se encontrase en sesiones, cuando menos las dos terceras partes del total de sus integrantes, se constituirá en Colegio Electoral y nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos un presidente interino, de acuerdo con la ley del Congreso.

El Congreso expedirá dentro de los 10 días siguientes dicho nombramiento, y la convocatoria para la elección del presidente que deba concluir el periodo respectivo, en un plazo no mayor a seis meses ni menor de tres.

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